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¿Es obligatorio que el promotor nombre al coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución en obras sin proyecto?

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En las obras sin proyecto no existe estudio de seguridad y salud, ni por tanto plan de seguridad y salud. En ese caso, ¿el promotor no tiene obligación de nombrar coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de obra?

Debemos tener en cuenta que el artículo 3.2 del R.D. 1627/1997 establece la obligatoriedad de que el promotor nombre coordinador de seguridad y salud, cuando en la ejecución de la obra intervengan más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o varios trabajadores autónomos (y no hace distinción entre obras con y sin proyecto), por lo que si se dan los mencionados supuestos, el promotor deberá designar al coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución.

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