La información es poder; también en PRL

La información es poder; también en PRL

La información es poder; también en PRL

Al hablar de prevención, de seguridad y salud laboral, se suele hacer hincapié en la identificación y evaluación del riesgo, en las medidas preventivas, la formación de los trabajadores, normas UNE, certificaciones, revisiones e inspecciones, protecciones (colectivas e individuales) y de otros tantos conceptos y requisitos normativos que, tras más de 25 años de trabajar sobre estas cuestiones, desgraciadamente, parece que no está siendo suficiente para lograr una drástica reducción de la siniestralidad.

¿Qué puede estar fallando cuando el cumplimiento de la norma no da los resultados esperados? Quizás es que, centrándonos en el bosque (complejidad normativa, ingente documentación, etc.), perdemos el foco de los árboles (las personas); es decir, que es el bosque el que no nos deja ver a los árboles como individuos.

Dicho de otro modo, centrándonos en la documentación, perdemos el foco de los trabajadores; realizar una mera gestión documental, por muy bien que se haga y por muy completa que sea, no evita ni reduce la siniestralidad; el papel ni protege ni previene de los accidentes. Lo que sí es útil y poderoso es lo que hagamos con la información que contiene ese papel.

Recordemos la exposición de motivos de la Ley de prevención de riesgos laborales (LPRL), que nos dice que la protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas, y se trata precisamente de eso, de la protección de la persona trabajadora, y no quedarse con el mero cumplimiento formal de todos esos deberes y obligaciones.

Teniendo en cuenta que prevención es la preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo, por obvio que parezca, lo que necesitamos para anticiparnos a un riesgo es conocer su existencia, así como el modo de prepararnos ante el mismo. Es decir, cuanta más información tengamos al respecto, mejor podremos afrontar los riesgos y evitar accidentes.

La información en la normativa de PRL

Sin salir de la LPRL, que es la base de todos los reales decretos que la desarrollan, nos daremos cuenta de la importancia de la información. De poco o nada sirve todo lo demás si la información no llega a los trabajadores.

Además de la innegable importancia de la formación de los trabajadores, es imprescindible que esta formación se complemente con información acerca de todos aquellos riesgos que les puedan afectar en su trabajo (tanto los del lugar en el que trabajan, como los del puesto que ocupan) e, igualmente, hay que darles la información necesaria para conocer qué medidas se pueden adoptar y qué pueden hacer para estar protegidos en su trabajo aún con la presencia de esos riesgos.

Cabe destacar algo que parece pasar desapercibido: el artículo 18 de la LPRL nos dice que el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias… (en plural) en relación con los riesgos, las medidas y actividades de protección y prevención.

Entonces, ¿por qué pensar que es suficiente con un documento de información según el artículo 18 de la LPRL, como si con ello se hubiesen realmente transmitido al trabajador todas las informaciones? ¿es además correcto pensar que la información que se le dio a un trabajador al principio de su actividad laboral es suficiente para toda su vida laboral posterior en la empresa? ¿se es consciente de que los riegos pueden variar y, por tanto, las informaciones han de ser continuadas en el tiempo? Esto cobra mayor importancia en sectores en los que existen entornos cambiantes, como en las actividades vinculadas a la construcción, donde el lugar de trabajo cambia día a día y donde los riesgos van variando en función de la evolución de la obra, concurrencia de actividades, etc.

Por muy bien que se elabore un Plan de Seguridad y Salud (PSS), por mucha planificación, coordinación de actividades, intercambio documental, etc., si no se les transmiten a las personas trabajadoras todas las informaciones necesarias para anticiparse a los riesgos, no se estará haciendo prevención.

Volviendo a la LPRL, es tan importante que estas informaciones lleguen a los trabajadores que, incluso para las empresas en las que haya representantes de los trabajadores, la Ley pone de manifiesto que deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos. Y conviene aquí resaltar que, referido a la información relativa a los riesgos de máquinas y equipos de trabajo el empresario deberá garantizar que las informaciones sean facilitadas a los trabajadores en términos que resulten comprensibles para los mismos.

Llegados a este punto, podemos concluir que es un error pensar que es suficiente el mero hecho de dar un mismo documento informativo a todos los trabajadores por igual, sin preocuparse de adaptar las diferentes informaciones a cada trabajador en función de las particularidades da cada uno. Ni todos lo van a leer, ni mucho menos lo interpretarán del mismo modo, sin contar con que es muy probable que, en muchos casos, ni siquiera entenderán su contenido, bien por el modo en el que está redactado, terminología empleada, o porque no dominen el idioma. Y sin unas informaciones adecuadas, individualizadas y adaptadas para cada persona trabajadora ¿cómo puede una persona afrontar y protegerse de los riesgos a los que está expuesta?

Esto además cobra mayor importancia en el caso de concurrencia de actividades, en las que los trabajadores están expuestos a riesgos de actividades que son ajenas a ellos; si la gestión documental de la coordinación de actividades empresariales (CAE) se queda a nivel de despachos y no se transmiten las correspondientes informaciones a los diferentes trabajadores (de manera individualizada), ¿qué podemos esperar?

No basta con el cumplimiento del deber de in vigilando del empresario, ni con que el recurso preventivo esté presente en el lugar de trabajo, ni con tener toda la documentación legalmente exigible, ni con los medios de CAE. Si cada persona trabajadora no tiene todas las informaciones necesarias para estar prevenido y poder protegerse de los riesgos presentes en su puesto de trabajo, no dispondrá de las herramientas necesarias para evitar accidentarse.

Preguntémonos si ese factor humano que tanto se nombra en el árbol de causas de las investigaciones de accidentes no hay que traducirlo como falta de información adecuada por parte de la persona accidentada.

En definitiva, dar la información adecuada a las personas trabajadoras puede evitar accidentes.

 
Javier Valverde
Responsable Territorial de Seguridad y Salud
Fundación Laboral de la Construcción - Murcia

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