Publicado el nuevo Convenio general del sector de la construcción

Publicado el nuevo Convenio general del sector de la construcción

Publicado el nuevo Convenio general del sector de la construcción

 

El pasado sábado se publicó en el BOE la Resolución 23 de septiembre de 2023, con la que ha salido a la luz el nuevo CGSC aprobado por los agentes sociales CNC, CCOO del Habitat y UGT FICA, que permanecerá vigente hasta diciembre de 2026. El texto de este nuevo acuerdo introduce medidas sociales, adaptaciones a la última reforma laboral y modificaciones en diversas materias relacionadas con la prevención de riesgos laborales, tanto en aspectos técnicos, como relativos a la formación y la TPC, entre otros.

Resumimos aquí, de forma no exhaustiva, algunas de las novedades más significativas.

Mejoras relacionadas con la seguridad y salud

Con el fin de mejorar las condiciones de trabajo en las obras y garantizar la protección de las personas trabajadoras, se han modificado y añadido ciertas disposiciones, que aumentan los niveles de seguridad contemplados en el convenio anterior.

Condiciones de trabajo con altas temperaturas

Este convenio incorpora (en su artículo 74 bis) las recientes modificaciones de la normativa sobre seguridad en los lugares de trabajo (a raíz de la publicación del Real Decreto-ley 4/2023) para proteger a las personas que trabajan a la intemperie expuestas a altas temperaturas.

Como complemento de lo anterior y con el objetivo de adaptar estas disposiciones al sector, en el verano de 2023 se ha publicado un protocolo (aprobado por CNC, CCOO del Habitat y UGT FICA) en el que se establecen las actuaciones necesarias en situaciones de temperaturas extremas durante la ejecución de las obras.

El VII CGSC se ha convertido en el primero de ámbito estatal en adaptarse a las nuevas exigencias para proteger a las personas trabajadoras del sector, un colectivo muy vulnerable a estos riesgos.

Otros riesgos

En relación con otros riesgos y actividades de la construcción, se han realizado cambios que afectan, entre otros temas, a las medidas establecidas sobre:

  • Protecciones contra el riesgo de caída en altura.
  • Trabajos en espacios confinados.
  • Andamios (andamios tubulares, torres de acceso y de trabajo móviles, andamios motorizados y colgados, borriquetas).
  • Plataformas de carga y descarga.
  • Trabajos de movimiento de tierras, excavación, pozos, trabajos subterráneos y túneles.
  • Trabajos de demolición.
  • Trabajos en cubiertas.
  • Aparatos elevadores, grúas móviles, grúas autopropulsadas, maquinillos.

Cambios relacionados con la formación en PRL

  • Se crean contenidos formativos para oficios de nueva incorporación, como los trabajos de arqueología y fabricación y montaje de elementos prefabricados.
  • Se crea una formación obligatoria en materia de primeros auxilios para las personas que asuman estas funciones en los equipos de emergencia, con una duración mínima de 4 horas presenciales.
  • Se añaden contenidos relativos a cumplimiento operativo y legal en las diferentes acciones formativas.
  • Se exige que toda la parte presencial de las distintas acciones formativas tenga un 100% de asistencia. Además, las acciones formativas deberán incluir pruebas de evaluación.
  • Se especifica que la formación de nivel superior e intermedio en PRL convalidará la formación del nivel básico.
  • También se incluye la convalidación del tronco común de oficios de construcción si se dispone de la formación de determinados oficios de metal-construcción.

Tarjeta profesional de la construcción (TPC)

Desde la entrada en vigor del Plan de pensiones y la bolsa de empleo de los contratos fijos-discontinuos, se añaden a la TPC funciones como:

  • Facilitar el acceso de su titular a la información de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las aportaciones al Plan de Pensiones.
  • Gestionar, en su caso, la pertenencia a la bolsa de empleo de las personas trabajadoras con contratos indefinidos fijos-discontinuos.

Además, podrán solicitar también la tarjeta los alumnos de formación en alternancia y para la obtención de la práctica profesional de las familias profesionales relacionadas con la construcción.

Novedades en materia social

Plan de pensiones

Una de las principales mejoras que incorpora este Convenio (en su artículo 56) es la referida a la formalización de un plan de pensiones de empleo simplificado para los trabajadores del sector (complementario al sistema público de protección social), cuyos términos y condiciones se establecen en el libro tercero, donde se explica cómo se llevará a cabo la contribución al plan de pensiones y las personas incluidas en el mismo. Este Plan de pensiones se ha creado en 2023 con contribuciones empresariales aportadas desde 2022, supeditadas a los incrementos salariales acordados.

Mejoras salariales

El nuevo convenio establece un incremento salarial del 10% distribuido entre 2022 y 2024. Al mismo tiempo se establece una cláusula de garantía salarial para compensar la pérdida de poder adquisitivo como consecuencia de la inflación.

Modalidades de contratos y adaptación a la reforma laboral

El Convenio incluye medidas para luchar contra la precariedad y la temporalidad en los contratos, y para ello:

  • Se elimina el contrato por obra y servicio y se recoge el contrato indefinido adscrito a obra (en el artículo 25), que podrá extinguirse por motivos inherentes a la persona trabajadora. La finalización de la obra determinará la obligación para la empresa de efectuar a la persona trabajadora una propuesta de recolocación, previo desarrollo de un plan de formación si fuera necesario.
  • Limita a un año el contrato temporal por circunstancias de la producción (artículo 24) con una indemnización del 7% sobre los conceptos salariales tras su extinción.
  • Mejora la regulación del contrato fijo-discontinuo, muy frecuente en construcción debido a la temporalidad de las obras. En el artículo 26 se establece que, en contratas, subcontratas y concesiones administrativas, el plazo máximo de inactividad se corresponderá con el período de tiempo en el que no sea precisa la prestación de servicios de la persona trabajadora porque la actividad de la empresa no lo requiera o por no existir necesidad de incrementar la plantilla, en la provincia en la cual aquélla suscribió el contrato de trabajo.

 

Se espera que este Convenio, fruto del diálogo social, contribuya a dar estabilidad y seguridad jurídica al sector, mejorar su imagen y atraer la mano de obra necesaria para cubrir la actual demanda, así como colaborar en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en las obras de construcción con el fin de reducir la siniestralidad laboral.

 
Elena Baquero

Técnico de PRL
Fundación Laboral de la Construcción