Mensaje original de Hugo SAntos Lopez el día 15/07/2009 9:47:50
IMPUGNAR AUDITORÍA???

Un debate que nos ha surgido:

Un servicio de prevención propio es sometido a una auditoría externa. ¿Es posible impugnar esta auditoría si no se ha notificado previamente al delegado de prevención de la empresa que ésta se va a realizar? ¿Es posible impugnar el procedimiento de la misma o el informe realizado?

La auditoría se realizó sin presencia del delegado de prevención.

Se pueden realizar sin su presencia??

gracias


 




RV: IMPUGNAR AUDITORÍA???

Vayamos por parte: a la hora de realizar la auditoria legal por disponer de un servicio de prevención propio (cada dos años) se concretan unas fechas y un plan de auditoria a seguir entre la empresa auditora y la auditada. si este plan junto con el procedimiento a seguir no convence a la empresa auditada se debería de modificarse.

La empresa con el SPP tiene la obligación de informar a los trabajadores de su organización y notificar a sus delegados de prevención de la celebración de la auditoría en las fechas establecidas.

Será la empresa auditora la que solicite la presencia de los delegados de prevención para mantener con ellos una entrevista e incluso una visita a obra o por las instalaciones. No tiene por qué estar rpesente durante el todo el desarrollo de la auditoría.

Si la empresa auditada considera que el procedimiento que se está siguiendo en la auditoría se desvía del plan fijado previamente, entonces podría paralizarse dicha auditoría, se volverían a reunir las partes y llegar a un acuerdo.

Si finaliza la auditoría y la empresa auditada no está conforme con el informe resultante tiene varias opciones:

- Buscar a otra empesa que les audite (conllevaría más tiempo y dinero).

- En base a las disconformidades del informe (habría que ver quien tiene razón) habría que reunirse entre las partes y reconsiderar punto por punto haciendoles ver a la otra parte en que se están equivocando).  Depende mucho de lo que contiene el informe final de auditoría de si la razón la tiene la empresa auditora o la empresa auditada.

Realmente, es muy relativo, porque depende de quién tenga razón o no, pero inpugnar, claro que se puede impugnar. Necesitaría más datos para concretar más la respuesta.

Saludos,


Respuesta de Javier Durán el día 15/07/2009 14:31:43
RV: IMPUGNAR AUDITORÍA???

Buenos dias, complejo lo que planteas.Las auditorias no se impugnan, es una obligacion legal del empresario si la entidad auditoria esta autorizada para la realizacion de la misma no hay nada que debatir sobre el procedimiento o el informe.

otra cosa es que el empresario tiene obligacion de consultar con los representantes de los trabajadores las acciones en materia de prevencion que se realizan dentro de la empresa.

 


Respuesta de castro pulido el día 16/07/2009 8:42:23
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