Mensaje original de Álvaro De Luna Roales el día 18/02/2011 12:58:52
REPONSABILIDAD Y ESTRES
Llevo trabajando más de 10 años en una empresa de entre 4-6 trabajadores como Encargado de Obras, tras unas pruebas ambulatorias perdí un riñón y a consecuancia de esto me produjo Agorafobia y Trastornos angustiosos Generalizados, tras meses de baja, pasé por el tribunal médico, en el informe de síntasis me inhabilitaron para realizar funciones de importante responsabilidad y/o estrés, pero me mandaron de nuevo al trabajo. Mientras yo fuí al Juzgado de lo Social y me concedieron una Incapacidad Permanente en grado de Total, desconforme en INSS recurre al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el fallo dice que el trabajo de Encargado de Obra tiene muy mermado sus responsabilidades y padece poco estrés por lo que le dan la razón al INSS. Mi pregunta es la siguiente: ¿Si voy al Tribunal Superior y le dan la razón al INSS crearía jurisprudencia y a partir de ahora el Encargado de Obra sería un oficio con poquísima responsabilidad y poco estrés?, pues hay compañeros que incluso tienen condenas penales por siniestrabilidad en las obras y por otro lado ¿creen que este fallo se corresponde a la realidad?. Esperando contestación reciban un cordial saludo.


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